sábado, 29 de diciembre de 2012

El Banco Malo: La estafa prosigue

Explicación del Banco Malo con Carlos Sánchez Mato, Profesor en la Universidad Complutense, Miembro de Attac y de la Plataforma por la nacionalización de las cajas de ahorro.

http://youtu.be/LJfP2lGXEPU

Muy bueno.

sábado, 24 de noviembre de 2012

lunes, 19 de noviembre de 2012

La Comunidad de Madrid convoca ayudas directas a emprendedores que creen empleo



 PODRÁN SOLICITARSE HASTA EL 10 DE DICIEMBRE

El Boletín Oficial de la Comunidad ha publicado la Orden 23/2012, de 12 de noviembre, de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se convocan ayudas directas a emprendedores que creen empleo, por valor de 27,4 millones. El Gobierno regional dedicará dicha cuantía a la compensación de cuotas de la Seguridad Social que deben pagar los empresarios que contraten a un desempleado o prorroguen contratos ya existentes.
En ambos casos deberán haberse hecho en el año 2012 y se bonificará un máximo de 18 meses de cuotas. Podrán acogerse a estas ayudas trabajadores autónomos y personal que trabaje por cuenta propia, así como empresas de hasta 50 trabajadores, obteniendo una bonificación máxima de 14.400 euros. Los interesados podrán solicitar las bonificaciones hasta el próximo 10 de diciembre a través dewww.madrid.org o presentando la documentación requerida en dicha orden en un registro oficial.

Se calcula que en torno a 17.500 empresarios madrileños se beneficiarán de esta medida, encaminada a la creación de empleo y el fomento de la estabilidad laboral. Con ella un empresario podrá ahorrarse, en función de la duración del contrato, entre 240 y 2.880 euros por trabajador.
Serán subvencionables las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los nuevos contratos de trabajo o de las prórrogas de contratos de trabajo celebrados a jornada completa, o a jornada parcial igual o superior al 75% de la jornada ordinaria.
Se aplicarán las siguientes bonificaciones: 80 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando su duración sea de tres a cuatro meses; 120 euros por mes cuando sean de cinco a seis meses; y 160 euros por mes para contratos o prórrogas superiores a seis meses. El máximo número de meses compensables es de 18.Esto significa que, por ejemplo, un emprendedor que contrate o prorrogue el contrato de cinco personas durante 18 meses contará con una compensación total de cuotas de 14.400 euros.
Los beneficiarios de la subvención deberán presentar la solicitud en plazo (hasta el 10 de diciembre) y cumplir los siguientes requisitos: estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y tener el domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid.
El pago de la ayuda estará condicionado a que el beneficiario acredite la realización de la contratación subvencionada mediante la presentación de la correspondiente documentación justificativa (incluyendo los contratos y prórrogas realizados).
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Actualidad_FA&cid=1142703744885&destacado=si&idConsejeria=1142697631805&idListConsj=1109265444710&idOrganismo=1142652631521&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&sm=1109266100996

viernes, 21 de septiembre de 2012

¡¡¡Retenciones del IRPF al 21% en las facturas emitidas hasta el 31 de Agosto y que se cobrarán a partir del 1 de Septiembre del 2012!!!

¡¡Retenciones del IRPF al 21% en las facturas emitidas hasta el 31 de Agosto y que se cobrarán a partir del 1 de Septiembre del 2012!!!

Se presenta un nuevo problema. Las facturas que se pagan a partir del 1 de Septiembre tienen la retención del IRPF al 21%, y el IVA al 18%, aunque las facturas hayan sido emitidas en el mes de Junio de 2012.

El criterio que mantiene Hacienda es que las retenciones las realiza el pagador, por tanto, no es un requisito que las retenciones del IRPF figuren en la Factura, de acuerdo con el Artículo 6 del reglamento de Facturación.

Este criterio puede provocar un descontrol en la organización interna de la empresa, pues es normal que las retenciones del IRPF figuren en la propia factura, de otra forma, la emisión automática de los recibos emitidos anteriores al 1 de Septiembre, al incrementar las retenciones cambia el importe de las facturas, como la base imponible es la misma, no existe variación, no puede existir una factura rectificativa, luego…¿Qué hay que hacer?

Lo práctico sería que las facturas pendientes de cobro en fecha 31 de Agosto y que posiblemente se cobraran a partir del 1 de Septiembre, retrocederlas y hacerlas de nuevo, con la retención del 21%, con ello evitaremos las sanciones correspondientes.

Pero… ¿qué ocurre con los recibos descontados en el banco, con vencimiento posterior al 31 de Agosto?, el cliente realizará el pago en el mes de Septiembre, ¿devolverá el recibo por el diferencial de IRPF?

Para las facturas emitidas en fecha anterior al 1 de Septiembre de 2012, y en las que consta el IRPF y pendientes de pago en esa fecha, se tendrá que recopilar los IRPF que constan en factura y hacer un asiento utilizando una cuenta puente hasta su extinción así como las facturas a partir de esa fecha, puesto que en el IVA se aplica el criterio del Devengo y en el IRPF el criterio de Caja ¡Vaya problemón!

sábado, 15 de septiembre de 2012

el banco malo comprará los pisos a precios de saldo

El gobierno ha comprobado que si quiere que el banco malo tenga inversores necesitará comprar los activos tóxicos de los bancos rescatados a precios muy bajos e inferiores a los apuntados por las provisiones de los decretos de luis de guindos. la operación arrastrará el valor del resto de pisos, suelos y créditos en manos de la banca sana, ciudadanos y empresas
luis de guindos, ministro de economía, planteó una complicada ecuación hace dos semanas en la presentación del banco malo. por un lado señaló que aproximadamente la mitad del banco malo debía estar en manos de inversores privados. por otra, señaló que la entidad no debía costar dinero a los contribuyentes. esta ecuación sólo tiene una solución directa: comprar los inmuebles de la banca rescatada, que será la que traspase sus activos al banco malo, a precios muy bajos
el precio sería más bajo aún que los valores de referencia a los que han quedado los inmuebles tras los recientes decretos de guindos, donde se provisionó la vivienda terminada en un 35% y el suelo, en un 80%. según sus planes, esto atraería a inversores, que verían interesante entrar a hacer negocio bajo esas condiciones
según Morgan Stanley, estos precios obligarán a los bancos cotizados a rebajar también el valor de sus inmuebles, algo que le vostaría provisiones adicionales de entre 7.000 y 14.000 millones de euros
el problema para el contribuyente es que quizás con esta fórmula no cueste dinero el banco malo, pero volverá a dejar a los bancos rescatados sin capital al traspasar sus inmuebles por debajo de las provisiones. esto eleva el riesgo de que haya que realizar una inyección de capital público
las implicaciones no sólo serán para la banca rescatada. la banca sana también podría tener que realizar provisiones adicionales si, como señala morgan stanley, se impone una rebaja de la valoración de las viviendas terminadas de entre el 10% y el 20% adicional a las provisiones de los Reales Decretos. por otro lado, las empresas inmobiliarias y particulares propietarios de viviendas también sufrirían esos descuentos en las valoraciones de sus viviendas.

http://www.idealista.com/news/archivo/2012/09/13/0512299-el-banco-malo-comprara-los-pisos-a-precios-de-saldo?xtor=EPR-76-[boletin_20120914]-20120914-[noticias__1]-[]-[]

viernes, 7 de septiembre de 2012

El nuevo IVA ahoga a los autónomos al adelantarlo a ayuntamientos arruinados

Desde el 1 de septiembre los autónomos tienen que pagar un recargo del 20% cuando se retrasen un "sólo día" en el pago de las cotizaciones sociales. Sin embargo, también tienen que liquidar el nuevo IVA con Hacienda por adelantado aunque sus clientes, ayuntamientos y comunidades autónomas, se demoren en el pago de sus deudas durante meses.
Los trabajadores por cuenta propia liquidaron 390 millones de IVA en la primera mitad de año por contratos que aún no han cobrado de las administraciones públicas, según la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). Ahora, con la subida del impuesto indirecto, la asfixia financiera será mayor.
"El IVA se convierte en una losa", advierte Lorenzo Amor, presidente de la asociación. Según ATA, el aumento del IVA y de impuestos a autónomos supondrá un coste de 1.100 euros más al año para los trabajadores por cuenta ajena.
Al incremento del IVA se suman a partir del 1 de septiembre un aumento del recargo de equivalencias, mayores retenciones a profesionales y una subida del recargo por el retraso en el pago de cotizaciones.
Las retenciones a profesionales suben del 15% al 21% hasta enero de 2014, cuando se situarán en el 19%. Además, los recargos de equivalencia, aplicados a comercios minoristas que sólo venden a clientes finales, suben del 4% y 1% al 5,2% y 1,4% para los tipos general y reducido, respectivamente.
Por su parte, la anterior gama de multas por retraso en el abono de cuotas a la Seguridad Social se ha unificado en el 20%, la más alta, aunque se tarde "ún sólo día" en pagar, según ATA.

Comunidades y ayuntamientos arruinados

"El plan de pago a proveedores ha sido una gran inyección de liquidez, pero la bola vuelve a crecer", advierte Amor. El programa del Gobierno sacó de los cajones 17.718 millones de facturas de las comunidades autónomas y más de 9.300 millones de 4.663 entidades locales, incluidos ayuntamientos.
Sin embargo, según ATA, las administraciones públicas deben aún unos 4.978 millones de euros a los autónomos y tardan en pagar 161 días de media. "La hemorragia se ha parado pero la herida sigue abierta", advierte el presidente de la asociación.
Los pliegos de contratación de las administraciones públicas llevan incluidos todos los impuestos. "Según la normativa vigente, en las propuestas económicas realizadas a los Entes Públicos se entenderá incluido el IVA", explica la Agencia Tributaria en una nota aclaratoria.
El tipo del IVA que se aplica en estas operaciones es el vigente en el momento del devengo, la fecha en que se formalizó el servicio o la compraventa de bienes. En el caso de las certificaciones de obra, se aplica el impuesto según el momento de su cobro.
Es decir, los autónomos y empresas que fueran contratados por la administración pública antes de la subida del IVA y no acabaron aún sus obras tendrán que liquidar con Hacienda la subida del impuesto. "Y, además, los autónomos somos también consumidores. Nos están asfixiando", advierte el presidente de ATA.

lunes, 3 de septiembre de 2012

Cuando las barbas de tu vecino...

La troika pide al Gobierno griego alargar a seis días la semana laboral.

La información procede de un correo electrónico enviado por representantes de la troika -formada por la Comisión Europea (CE), el Banco Central Europeo (BCE) y el Fondo Monetario Internacional (FMI)- a los ministerios griegos de Finanzas y Trabajo y filtrado hoy por el diario económico Imerisia.
La autenticidad de este e-mail y de su contenido fue confirmada por una fuente del Ministerio de Finanzas que no quiso revelar los detalles de su contenido.
Entre las propuestas más polémicas se encuentra aumentar la semana laboral a seis días y reducir el descanso mínimo entre turnos de trabajo a once horas, además de eliminar las restricciones a los cambios de turno de mañana y de tarde según las necesidades del empresario, relata el diario Imerisia.
Igualmente, la troika exige reducir a la mitad la indemnización por despido y el plazo del que dispone el empresario para notificar al trabajo su rescisión de contrato.
También pretende que disminuya la contribución al Fondo de la Seguridad Social que pagan las empresas por cada empleado, a pesar del empeoramiento de la recaudación del Estado en este sentido.
"No se trata de propuestas nuevas, pues la troika lleva tiempo haciéndolas. Pero, de momento, son sólo propuestas, no significa que el Gobierno griego deba aceptarlas", explicó la fuente ministerial, que solicitó el anonimato por lo delicado del asunto.
La tasa de desempleo en Grecia se situó en mayo en el 23,1% de la población activa (54,9% en el caso de los menores de 25 años) y el nivel adquisitivo de los trabajadores griegos ha caído a niveles de hace tres décadas, según cálculos de los sindicatos griegos.
Los inspectores de la troika se encuentran en Grecia desde la pasada semana, aunque los jefes de misión llegarán el viernes para negociar con el Gobierno de Atenas con el objetivo de supervisar el nuevo plan de ahorro valorado en 11.600 millones de euros.
La troika debe dar el visto bueno a los nuevos recortes presupuestarios para que los socios europeos accedan a liberar un nuevo tramo, de 31.000 millones de euros, del rescate financiero concedido a Grecia el pasado marzo.

http://www.cincodias.com/articulo/economia/

miércoles, 29 de agosto de 2012

Control fiscal masivo de tarjetas

Los clientes de la banca y, en general, los usuarios de tarjetas de crédito no tendrán secretos con Hacienda. La Audiencia Nacional, con la jurisprudencia de una sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2011, da vía libre al fisco, frente a los recursos presentados, para que haga peticiones masivas a bancos y empresas sobre los movimientos que realizan sus clientes con tarjetas de crédito. Basta con que Hacienda explicite en su petición de datos que lo hace "por interés tributario". Con esta fórmula se salvan los posibles obstáculos legales de entregar datos de terceros, de invadir la intimidad y de no conculcar la protección de datos.
La Agencia Tributaria ya está comprobando de forma generalizada los movimientos de las tarjetas con más actividad y con operaciones de mayor volumen. Los resultados se contrastarán con la información fiscal de sus titulares. El resultado es la transparencia total ante el fisco de las operaciones que se realicen con tarjeta, un territorio al que hasta ahora Hacienda no había podido acceder. Esto permitirá a la Hacienda española solicitar a Suiza y otros países información sobre contribuyentes concretos sobre los que tenga sospechas de que pueden estar cometiendo fraude. El apoyo de las sentencias de la Audiencia llega como agua de mayo al Ministerio que dirige Montoro.
En noviembre finaliza la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno con el objetivo de aumentar los ingresos, que hasta la fecha esta teniendo poco éxito. En materia fiscal, el seguimiento riguroso, continuado y apoyado en la legalidad siempre es más efectivo que las medidas extraordinarias, más llamativas pero también más injustas con quienes cumplen con sus obligaciones fiscales.

miércoles, 22 de agosto de 2012

Moody's fija el desplome de la economía española este año entre un 1,5% y un 2%

Para Moody's, España, Italia, Grecia y Portugal continuarán en recesión en 2013 -la economía española caerá entre el 0,5% y el 1,5%- a pesar del "esfuerzo" de los gobierno por emprender "reformas fiscales y estructurales" encaminadas a "recuperar el crecimiento y mejorar la solvencia crediticia".
En este documento, elaborado tras conocer los datos del PIB del segundo semestre de la zona euro publicados la semana pasada, la agencia de evaluación crediticia ha precisado que la "debilidad" de la economía dificultará la resolución de la crisis de la deuda soberana y el "restablecimiento de la confianza" de los inversores mediante la aplicación de ajustes fiscales y reformas estructurales.

"La debilidad actual del bloque del euro y la continuada divergencia en la evolución de las economías del norte y del sur de Europa resultan negativas para el perfil de crédito, al minar la fortaleza económica y financiera de los gobiernos y elevar el riesgo potencial de nuevos 'shocks', ya que persisten la crisis de deuda soberana y bancaria", advierte la calificadora de riesgos.

Para Moody's, la aplicación de políticas económicas de austeridad incidirá en el crecimiento económico, lo que también afectará a los ingresos fiscales y a la reducción del déficit fiscal. En este sentido, señala que incrementar la recaudación fiscal será cada vez más complicado, como también lo será aplicar medidas de austeridad sin causar más perjuicios al crecimiento, exacerbando el desafío de reducir el déficit y corregir el deterioro de los parámetros de deuda.

La agencia de medición de riesgos ha resaltado el contraste existente entre la evolución de las economías del norte de Europa y las del sur. Entre estas, augura para este año una caída del 3% al 4% en Portugal; del 1,5% al 2,5% en Italia y del 7% al 8% en Grecia.
Por contra, para Alemania y Austria espera un crecimiento del 0,5% al 1% entre el 0% y el 0,5% para Francia.

 http://www.supercontable.com/

jueves, 2 de agosto de 2012

¿Como queda el IVA en Septiembre?

Ahora que empiezan las vacaciones debemos de tener muy claro como afrontar el regreso con las mejores garantías, respecto del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) comentar y ratificar lo que todos hemos oido.
¤         A partir de 1 de septiembre de 2012 habrá subida de los tipos de gravamen del IVA  quedando su tipología en:
  1. Tipo General: 21% (hasta septiembre 2012 el 18%).
  2. Tipo Reducido: 10%.(hasta septiembre 2012 el 8%).
  3. Tipo Superreducido: 4%. (no varía)
¤         Al mismo tiempo el porcentaje de compensación de IVA de agricultores y ganaderos quedará:
  1. El 12 por 100 (hasta septiembre 2012 es el 10%) a las entregas de productos naturales obtenidos en explotaciones agrícolas o forestales y en los servicios de carácter accesorio de dichas explotaciones.
  2. El 10,5 por 100 (hasta septiembre 2012 es el 8,5%), en las entregas de productos naturales obtenidos en explotaciones ganaderas o pesqueras y en los servicios de carácter accesorio de dichas explotaciones.
¤         Los porcentajes de recargo de equivalencia serán:
  1. Tipo general: 5,2% (hasta septiembre 2012 el 4%).
  2. Tipo reducido 1,4% (hasta septiembre 2012 el 1%)
  3. Tipo Superreducido: 0,50%. (no varía)
  4. Entregas de bienes objeto del Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco: 1,75% (no varía)
            Aquellos productos y servicios “más significativos” quedarán clasificados de la siguiente forma:
 
 
General (21%)
Reducido (10%)
Superreducido (4%)
  1. Ropa.
  2. Tabaco.
  3. Alcohol.
  4. Cosméticos.
  5. Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta y barbacoas
  6. Flores y plantas ornamentales, semillas.
  7. Entrada a teatros, circos y festejos taurinos, servicios de televisión digital, cine.
  8. Servicios funerarios, servicios de peluquería.
  9. Adquisición de obra de arte, servicios prestados por artistas
  10. Asistencia sanitaria dental y curas termales.
  11. Espectáculos deportivos de carácter aficionado
  12. Servicios de radiodifusión, ejecuciones de obras, servicio a personas físicas que practiquen deporte,
  13. Obras de reparación y renovación.
  1. Alimentos en general.
  2. Agua.
  3. Medicamentos para uso animal.
  4. Gafas graduadas y lentillas.
  5. Rehabilitación de viviendas (sube al 21% en 2013)
  6. Semillas, bulbos y esquejes.
  7. Hostelería.
  8. Transporte de viajeros.
  9. Limpieza de vías públicas.
  10. Recogida de residuos.
  11. Entradas a bibliotecas y museos.
  1. Pan común
  2. Leche natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
  3. Quesos y huevos.
  4. Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales.
  5. Libros y periódicos.
  6. Medicamentos para uso humano.
  7. Prótesis, órtesis e implantes para personas con minusvalía.
  8. Viviendas de protección oficial
  9. Resto de viviendas nuevas (hasta 31/12/12).
 
  Nota: Los importes en color rojo, son novedades en relación a la normativa anterior siendo su tributación anterior a tipos reducido o superreducido.
Luego podemos observar que:
SUBEN DEL 4% al 10% Compra de vivienda nueva y arrendamientos de vivienda con opción de compra. La vivienda usada tributa por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

SUBEN DEL 4% AL 21% M
aterial escolar (a excepción de libros de texto y otros específicos).

SUBEN DEL 8% al 10%
Transporte, cesta de la compra de alimentos (excepto productos básicos), gafas graduadas y lentillas, hoteles y restaurantes, las obras de renovación y reparación de vivienda (pasarán al 21% en 2013).

SUBEN DEL 8% al 21%
Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta y barbacoas, flores y plantas ornamentales, semillas, entrada a teatros, circos y festejos taurinos, servicios de televisión digital, cine, servicios funerarios, servicios de peluquería, adquisición de obra de arte, servicios prestados por artistas, asistencia sanitaria dental y curas termales, espectáculos deportivos de carácter aficionado, servicios de radiodifusión, ejecuciones de obras, discotecas. importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, servicio a personas físicas que practiquen deporte, y obras de reparación y renovación.

SUBEN DEL 18% al 21%
Resto de bienes y servicios a los que ya se venía aplicando el tipo general.
            Por otro lado comentar algo de lo que se están “haciendo eco” todos los periódicos en sus secciones de economía y es que como el IVA se aplica en el momento de emitirse la factura con independencia de cuándo se produzca el consumo, los consumidores, en las facturas de septiembre de agua, luz, teléfono o electricidad que reflejan el gasto de julio y agosto ya incluirán el aumento impositivo

www.Supercontable.com

miércoles, 11 de julio de 2012

5 Pasos para controlar el EGO



No te sientas ofendido.
Liberaté de la necesidad de ganar.
Liberaté de la necesidad de tener razón.
Liberaté de la necesidad de ser superior.
Liberaté de la necesidad de tener más.

viernes, 6 de julio de 2012

Interesante iniciativa para Emprendedores!

¿Es usted empresario, entidad pública o ciudadano anónimo?                              
¿Tiene usted recursos infrautilizados?
 
Desde la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid nos ponemos en contacto con usted para invitarle a ser miembro destacado de la iniciativa Impulsa a un Emprendedor, una de las cuatro ruedas del plan Madrid 4X4.
 
Impulsa a un emprendedor pretende que vd. pueda ofrecer a uno o varios proyectos empresariales emprendedores sus recursos infrautilizados como stocks, oficinas, almacenes, segunda vivienda, flotas de vehículos, maquinaria, equipos humanos, know how, contactos o cualquier otro que se le pueda ocurrir, a cambio de su participación en el nuevo negocio como socio, proveedor preferencial, cliente…, así de fácil y así de barato, sin cash.
 
De modo que vd. diversifica en su negocio actual y se puede hacer con una cuota de participación en un nuevo proyecto empresarial al tiempo que el emprendedor consigue los recursos que necesita y se sirve de la experiencia de su nuevo socio, Usted. Además, estamos en conversaciones para que grupos inversores inyecten liquidez a los proyectos Impulsa a un emprendedor, de Madrid 4X4.
 
Aproveche la ocasión única de contarnos confidencialmente de qué recursos dispone, no siga desperdiciando sus recursos, póngalos en valor y nosotros le identificaremos a los emprendedores cuyos proyectos encajan con Usted.
 
Si Usted representa intereses generales o a un colectivo concreto remítales esta carta sin esperar un minuto, sin duda les está ayudando. Si usted es un particular transmita esta idea a sus vecinos o familiares. En cualquier caso, declare su interés por poner en valor sus recursos en www.emprendelo.es, en la pestaña Quiero Impulsar o bien a través de la web  www.impulsaaunemprendedor.es.
 
Si usted representa a una mediana o gran empresa, o bien a un grupo de interés, contacte directamente con joaquin.velazquez@madrid.org.
 
Con un simple click puede obtener un gran acuerdo y ayudar a crear tejido empresarial, en otras palabras, es Usted y no otro la pieza clave para crear riqueza sin desembolsar dinero.

miércoles, 20 de junio de 2012

La morosidad del crédito subió al 8,72% en abril.

Según los datos provisionales publicados este lunes por el Banco de España, la morosidad del sector financiero español creció tres décimas con respecto al 8,36 % registrado en marzo, cuando se elevó dos centésimas respecto al 8,15 % marcado en febrero.
La cartera de créditos dudosos se situó en 152.740 millones de euros al finalizar el cuarto mes del año, con lo que superó los 150.000 millones por primera vez desde junio de 1996 y se situó 4.772 millones por encima del mes anterior.
La morosidad aumentó en más de 37.400 millones de euros en el último año.
Los créditos morosos totales del sector se situaron en abril en 152.740 millones de euros, más de 52.700 millones por encima de la barrera psicológica de los 100.000 millones que superó en mayo de 2010.
Los créditos totales concedidos por las entidades en abril alcanzaron 1,75 billones de euros, cifra que arroja un descenso del 1,01% en tasa mensual y una caída del 3,47% respecto a los últimos doce meses.
En conjunto, las entidades financieras destinaron hasta abril 84.287 millones de euros a provisiones para afrontar la escalada de la morosidad, lo que supone prácticamente un incremento de casi 1.000 millones respecto al mes precedente, cuando destinaron 83.387 millones, y un incremento del 18,6% en tasa interanual.
Las últimas reformas financieras aprobadas por el Gobierno establecen la obligatoriedad de incrementar las provisiones para afrontar eventuales pérdidas en los riesgos vinculados al ''ladrillo'' por un total de 82.000 millones de euros, de los que 52.000 millones se dedicarán a cubrir activos tóxicos, y el resto, a sanos.
Tanto banqueros como analistas financieros coinciden en que los próximos meses seguirán siendo difíciles y en que la morosidad del sistema financiero podría llegar a superar la cota del 9% en el presente ejercicio si el crédito mantiene la tendencia bajista que describe hasta ahora.

lunes, 11 de junio de 2012

España pide un rescate de hasta 100.000 millones para la banca

Habrá vigilancia aún más estrecha y periódica. Vendrán los hombres de negro. La Gran Recesión, la crisis más profunda y prolongada del capitalismo en las últimas décadas, dejará profundas secuelas a su paso por España, que se convierte en la última frontera de la crisis existencial del euro. Cayó Grecia. Cayeron Irlanda y Portugal. Y arrastrada a cámara lenta por una banca que financió la madre de todas las burbujas inmobiliarias, cae España: el Gobierno de Mariano Rajoy, con el presidente desaparecido ayer, mostró su disposición a pedir el tantas y tantas veces negado rescate de los socios europeos para tapiar el agujero incontenible del sistema financiero.

Madrid recibirá hasta 100.000 millones de euros, el 10% de la riqueza que produce España en un año, en una línea de crédito destinada exclusivamente a los bancos. El Ejecutivo capitula así ante las fuertes presiones internacionales, ante el temor a que la banca española, la política griega o el pánico en los mercados detonen una espiral de estampidas bancarias e impagos de países que deriven en una depresión causada por un accidente financiero. Europa trata de poner un dique de contención en España. La respuesta de los mercados llegará tan pronto como mañana.
No hay comidas gratis: las ayudas europeas (a través del fondo de rescate temporal o del permanente) son en realidad préstamos para recapitalizar el sistema financiero, que el Tesoro deberá devolver religiosamente, a tocateja. Una vez más, el Estado sale al rescate de la banca. Eso sí, se trata de créditos blandos, en condiciones mucho mejores que las de mercado: en torno al 3%, según fuentes conocedoras de las negociaciones entre España y sus socios europeos. Frente a ese 3%, el Tesoro paga actualmente intereses de más del 6% por la deuda a 10 años. A cambio de los tipos subvencionados, España cederá soberanía sobre su sistema financiero, pero también perderá soberanía fiscal, en contra de lo que explicó ayer el Gobierno.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, aseguró tajantemente que la única condicionalidad será para los bancos que requieran ayudas. “No habrá ningún tipo de condiciones macroeconómicas o fiscales”, dijo en varias ocasiones en una rueda de prensa multitudinaria, informa Amanda Mars. Pero el Eurogrupo le enmendó la plana: junto a las alabanzas hacia los esfuerzos españoles por abordar sus variados y agudos desequilibrios, el comunicado de los ministros de Finanzas de la zona euro deja claro lo contrario. Europa supervisará con mano de hierro que Madrid continúe por el camino de la consolidación fiscal, las reformas estructurales y del mercado de trabajo. “Revisaremos de cerca y regularmente los progresos en estas áreas, en paralelo con la asistencia financiera”, según el texto.

Vigilancia de Bruselas

En esas revisiones están implícitas las visitas de los hombres de negro citados por el ministro Cristóbal Montoro: misiones de funcionarios de la Comisión, del FMI e incluso del BCE en las que se estrechará la vigilancia sobre España. Se reduce así hasta prácticamente cero el margen del Gobierno para desviarse de las directrices que lleguen de Bruselas. Y las últimas recomendaciones son claras como el agua: embridar el gasto de las comunidades autónomas, elevar el IVA, acelerar la reforma de las pensiones y endurecer todavía un poco más la reforma laboral, entre otros aspectos. El crédito a España, como en el caso de Grecia, Portugal e Irlanda, se concede a plazos: si se incumplen las condiciones, Bruselas cierra el grifo.
El Gobierno de Zapatero negó la crisis; el de Rajoy niega que la petición de España sea un rescate con condiciones. El Ejecutivo insistió ayer en evitar a toda costa esos dos términos: rescate y condicionalidad. En uno y otro caso se trata de un ejercicio completamente inútil: la palabra “condicionalidad” aparece en ese texto que marcará la política económica —y muy probablemente, el futuro del propio Gobierno— en los próximos años. En el caso de la banca será aún más evidente que en el ámbito fiscal: Europa exige que las entidades que necesiten ayudas activen “los planes de reestructuración de acuerdo con las reglas de las ayudas de la UE y los reformas horizontales del sector”.
En plata: venderán oficinas, recortarán personal, se desharán de activos y participaciones empresariales, despedirán a equipos gestores (como ha ocurrido en el caso de Bankia con Rodrigo Rato), pondrán en marcha nuevas fusiones o incluso podrían verse, en último caso, liquidaciones de alguna entidad. El último jarro de agua fría llega por la intervención del Fondo Monetario Internacional (FMI), a la que el Gobierno se oponía para ahuyentar el riesgo de quedar estigmatizado. Este organismo no será un prestamista más, como lo fue en los casos de Atenas, Lisboa y Dublín, pero sí apoyará y supervisará a las entidades con informes periódicos.

Estrechar el cerco

Bruselas, el Banco Central Europeo, el FMI e incluso el Gobierno de Barack Obama se han encargado en los últimos días de estrechar el cerco para que España pida ayuda. Pero Berlín es la clave de bóveda de toda la jugada. Las presiones alemanas para que el Gobierno de Rajoy recurra al fondo europeo tuvieron su punto álgido el miércoles, cuando el Ministerio de Hacienda germano se mostró favorable a que la intervención se limite al sector financiero. Esta intervención “suave”, concedían, estará sujeta a las normas especiales para rescates bancarios y tendrá así un calado menor que los programas de Grecia, Irlanda y Portugal. El viernes, diversas agencias internacionales citaban fuentes europeas para anunciar la conferencia telefónica celebrada por el Eurogrupo. La agencia británica Reuters se refirió a una fuente “del Gobierno alemán”, que oficialmente se ha mantenido cauteloso durante los dos días. Ayer, el ministro Wolfgang Schäuble disipó cualquier duda acerca de quién ha ejercido presiones: “Hemos instado a España a que tome decisiones”, informa Juan Gómez.
El nerviosismo en las grandes capitales se explica por la proximidad de las elecciones griegas, en las que la posible victoria de la plataforma izquierdista Syriza podría acarrear la supresión de los programas de austeridad y, con ellos, de los pagos de los próximos tramos del rescate a Atenas. Si esto sucede, podrían precipitarse los acontecimientos. Ni siquiera una fractura del euro puede descartarse. En esas condiciones, el contagio podría arrollar a España y a otros países como Italia. De ahí el apremio para que España apuntale sus bancos con dinero público europeo.
La petición de rescate fue la habitual ceremonia de la confusión: Bruselas viene a decir que es España quien lo ha pedido, y Madrid asegura que es la UE quien ha puesto ese dinero a su disposición. En cualquier caso, el mero anuncio de esa línea de crédito de 100.000 millones —que concede un margen considerable frente a las necesidades de unos 40.000 millones para la banca, según la primera estimación del FMI— puede dar algo de aire al Gobierno ante unas semanas complicadas, según fuentes financieras. Al efecto de las elecciones griegas se sumarán en el plazo de unos días las futuras evaluaciones del sistema bancario. “España debe tener un cheque preparado en cuanto esas cifras se conozcan”, explicaron fuentes diplomáticas.

Pendientes del mercado

Al Ejecutivo le quedan días duros por delante, en los que deberá convencer a los mercados y a los ciudadanos de que el acuerdo es tan positivo como ayer vendía el titular de Economía. Guindos se esforzó en recalcar por activa y por pasiva que lo acordado por el Eurogrupo no constituye un rescate, sino un préstamo “en condiciones muy favorables” que tendrá efectos positivos en la economía, porque reforzará a la banca y reactivará el crédito a empresas y familias. Vaticinó que supondrá un bálsamo para los mercados. Y justificó la ausencia de Rajoy: “Yo soy el miembro del Eurogrupo; el presidente del Gobierno no lo es”.
Pero no consiguió disipar algunas dudas acerca de las secuelas de esa decisión fundamental para el devenir de España. El rescate español es diferente, pero las tres experiencias europeas parecidas no son precisamente un éxito. Los países que solicitan ayudas internacionales, en general, no suelen querer repetir esa experiencia: para los gobernantes, la prueba del ajuste forzado se paga generalmente con la pérdida de las elecciones, incluso con un alejamiento duradero del poder; para los pueblos, el coste se mide en empleos destruidos, en rentas perdidas, en prolongadas y dolorosas recesiones. Algunas consecuencias del rescate, en fin, supondrán profundos cambios, algunos de los cuales están todavía en la penumbra. El Ejecutivo, por ahora, se niega a anticiparse a esas cuestiones. “Si la sociedad no va a sufrir las consecuencias del rescate, como sostiene el Gobierno, ¿por qué no se pidió antes la ayuda?”, le espetó un periodista a Guindos en su comparecencia. “A usted no le toca preguntar ahora”, cerró el ministro.

miércoles, 30 de mayo de 2012

Cómo es el IVA en los otros países de la Unión Europea

España no es el único país que subirá sus tasas de IVA en los próximos meses.
  
Países que subirán el IVA próximamente.
Son muchos los países que coinciden con España en la subida del IVA:
Finlandia: A pesar de ser uno de los países con mayor valor añadido por trabajador su PIB bajó un 8% el año pasado. Para la máxima reducción del déficit estatal Finlandia decide subir su tasa general de IVA en un 1% para el 1 de julio de 2010, subiendo así del 22% al 23%. Su tasa reducida se mantiene en un 12% y la superreducida en un 8%.
Grecia: Como parte de las medidas de emergencia y rescate de la crisis griega, el país se ha comprometido a aumentar su tasa de IVA una segunda vez en 2010. La tasa del nuevo estándar será del 23% aumentando así un 2% su tipo general de IVA. La fecha de aplicación se espera que sea 01 de julio 2010.
Portugal: En un esfuerzo por reducir el enorme déficit del estado y tranquilizar a los mercados financieros, Portugal anuncia el 14 de Mayo de 2010 un incremento del 1% en su IVA. El país luso aumenta así hasta el 21% su tasa general de impuesto al valor agregado.
Rumanía: El gobierno rumano decide subir un 5% el tipo standard del IVA para revitalizar el déficit público y cumplir con el Fondo Monetario Inernacional. Su tasa general aumentará del 19% al 24% mientras que la reducida se mantendrá en el 9%. La medida se hará efectiva a partir del 1 de Julio de 2010.
Reino Unido: El gobierno británico ha anunciado una nuevo reforma del IVA para el año 2011. Este consistirá en un aumento del 2.5% que cambiará la actual tarifa general del 17.5% al 20% el 1 de enero del próximo año.
Países que han subido el IVA durante 2010.
Grecia: El gobierno griego puso en marcha el 15 de marzo de 2010 unas medidas conformes con su plan de austeridad que pretendían ahorrar el máximo dinero posible al estado. Grecia aumentó la tasa general del IVA del 19% al 21% mientras que los tipos de IVA reducido y superreducido subieron al 10% y 5% respectivamente.
Reino Unido Los británicos poseen desde el 1 de enero de 2010 una tarifa general de IVA del 17.5%, mientras que el tipo reducido de IVA se mantuvo en un 5%. La subida efectuada a principios de año fue de un 2.5% e implicó uno de los cambios económicos mas notables para el reino británico en los últimos años.
República Checa: Este país cuenta desde el 1 de enero de 2010 con un 20% en la tasa general del IVA y con un 10% en la tasa de tipo reducido subiendo así un 1% en ambas tarifas.
Los países con más IVA de la Unión Europea
Dinamarca
General 25%
Hungría
General 25%
Reducido18%
Superreducido 5%
Suecia:
General 25%
Reducido 12%
Superreducido 6%
Rumanía
General 24%
Reducido 9%
Finlandia:
General 23
Reducido12
Superreducido 8
Grecia:
General 23%
10%
5%
Polonia:
General 22%
Reducido 7%
Superreducido 3%
Bélgica:
General 21%
Reducido 12%
Superreducido 6%
Irlanda:
General 21%
Reducido 13.50%
Superreducido 4.80%
Portugal:
General 21%
Reducido 12%
Superreducido 5%
Austria:
General 20%
Reducido 10%
Superreducido 10%
Bulgaria:
General 20%
Reducido 7%
Rep. Checa:
General 20%
Reducido 10%
Eslovenia:
General 19%
Reducido 10%
Superreducido 6%
Estonia
General 20%
Reducido 9%
Italia
General 20%
Reducido 10%
Superreducido 4%
Reino Unido
General 20%
Reducido 5%
Francia
General 19.60%
Reducido 5.50%
Superreducido 2.10%
Alemania
General 19%
Reducido 7%
Eslovaquia
General 19%
Reducido 10%
Superreducido 6%
Holanda
General 19
Reducido 6
España
General 18%
Reducido 8%
Superreducido 4%
Letonia
General 18%
Reducido 5%
Malta
General 18%
Reducido 5%
Chipre
General 15%
Reducido 8%
Superreducido 5%
Luxemburgo
General 15%
Reducido 12%
Superreducido 6%

Mas info: http://finanzas-personales.practicopedia.lainformacion.com/impuestos/como-es-el-iva-en-los-otros-paises-de-la-union-europea-10923



sábado, 26 de mayo de 2012

Confieso que me gustas…

Confieso que me gustas…

“Me gustó desde el primer instante en que lo vi en Facebook… aquellas entradas, su content strategy, su manera de compartir…
Sus mensajes siempre fueron directos e interesantes y tenía muchos contactos de valor que no dudó en presentarme… Lo maravilloso es que ahora estos también son los míos y de esta manera, hemos logrado formar un grupo fantástico....

Delicioso post de Beatriz Padilla Formación, continua leyendolo en: http: http://aforen.wordpress.com/2012/05/24/confieso-que-me-gustas/.

Espero que lo disfruteis....

sábado, 12 de mayo de 2012

Pagar por sacar dinero en ventanilla en los bancos españoles, cada vez más cerca

Sacar dinero en ventanilla puede salir caro. Popular aplica una comisión de 0,50 euros a todo aquel que retire efectivo en una sucursal distinta a la que se utilizó para abrir la cuenta. Otras entidades, por su parte, también contemplan este posible cobro en sus folletos de tarifas.

Las nuevas comisiones están a la orden del día. Desde hace meses, Bankinter cobra a todos aquellos que, sin ser clientes, hagan ingresos en efectivo en las ventanillas de sus oficinas, BBVA elevó a principios de este año la comisión por sacar dinero en un cajero de la red Servired que no sea del propio banco y entidades como Barclays, Santander, BBVA, Popular y Bankinter aplican una comisión por cada apunte en cuenta.
Pero la lista no acaba ahí. Hace ya tiempo desde que algunos bancos comenzaran a contemplar el posible cobro por sacar dinero en ventanilla siempre y cuando, eso sí, el reintegro se produjera en una sucursal distinta a la que se utilizó para abrir la cuenta. En 2006, Caja Madrid y La Caixa ya contemplaban esta posibilidad en sus folletos de tarifas.
Unos años después, algunas entidades se han subido al carro e, incluso, han comenzado a aplicar esta comisión. El ejemplo más claro es Popular, que desde hace unas semanas cobra 0,50 euros por retirar efectivo en una oficina distinta de la que radica la cuenta siempre que el reintegro no se produzca a través de cheque o libreta. En su folleto de tarifas, sin embargo, la entidad especifica que esta cantidad puede ascender a un euro.
Por el momento, ningún otro banco cobra por este servicio aunque son varios los que lo contemplan en sus tarifas. Bankia, por ejemplo, detalla que la comisión por reintegro en oficina distinta a la domiciliada puede ascender a 3 euros, mientras que Banca Cívica también establece esta cantidad en concepto de disposición de efectivo en una oficina distina a la de la cuenta.
Santander y BBVA, por su parte, tienen diseñada una comisión de 1,50 euros por pagos de efectivo mediante cheque o reintegro en una plaza distinta a la que esté domiciliada la cuenta, en concepto de gastos de comprobación de firma y verificación de provisión de fondos. CaixaBank también la incluye en su folleto de tarifas. La entidad prevé un posible cargo de 0,12 euros por reintegros de efectivo en ventanilla.
Por el momento, entidades como Bankinter, Sabadell, Pastor, Barclays, Deutsche Bank o Citibank no contemplan este tipo de cobro.
Sin embargo, esta comisión está englobada dentro del apartado calificado como servicios de pago, por lo que los bancos tienen vía libre para añadirla o modificarla cuando quieran. El Banco de España especifica en su página web que desde el día 8 de julio de 2010, fecha de entrada en vigor de la Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, la transparencia de los servicios de pago se regula exclusivamente por lo dispuesto en ella. Esto quiere decir que estos epígrafes no están sujetos a la verificación del supervisor, que tan solo regula que las comisiones que los bancos aplican respondan a servicios efectivamente prestados y que no haya duplicidades.
Dentro de este epígrafe calificado con el nombre de servicios de pago se encuentran las principales comisionesque aplican los bancos. De esta manera, escapan también al control del Banco de España las comisiones que se cobran por transferencias, por descubiertos, por mantenimiento y administración de cuentas, por emisión o renovación de tarjetas, por disposición de efectivo en cajeros, por órdenes de entidades para adeudo de domiciliaciones y por gestión de recibos domiciliados.

viernes, 20 de abril de 2012

Curso de Empleado de Operaciones Internacionales.


Proximamente, el día 26 de Abril comienza un nuevo curso de Empleado de Operaciones Internacionales, en Área de Formación (Usera).

La prueba de selección será el dia 24, si estás interesado pornte en contacto conmigo en el mail:
javier.fernandezmartinez@yahoo.es.

Gracias!

martes, 17 de abril de 2012

Ha nacido AFOREN!!


¿Qué es AFOREN?

AFOREN es la Asociación Nacional de Formadores de la Enseñanza No Reglada y tiene la misión de acoger a todos y cada uno de los profesionales de la enseñanza pertenecientes al ámbito de la docencia no institucionalizada, incluyendo esta tanto la formación bonificada y subvencionada, como la formación de iniciativa exclusivamente privada.

¿A quiénes se dirige AFOREN?

AFOREN trabaja para los docentes del ámbito de la formación no reglada, con el fin de ofrecerles formar parte de una comunidad en la que compartir experiencias, formación, información, empleo, asesoramiento empresarial y un ámbito de trabajo justo y digno.

¿Cuáles son los objetivos de AFOREN?

Las acciones de AFOREN se dirigen a:

  • Mejorar el nivel de profesionalidad de los docentes.

  • Mantener informados a los profesionales en todo lo relativo al sector de la formación no reglada.

  • Crear una comunidad de formadores.

  • Mejorar el nivel de calidad de la formación que se está ofreciendo en el mercado.

  • Crear servicios específicos para los formadores, como oferta de formación, asesoría jurídica y fiscal.

  • Garantizar un nivel mínimo de salario y condiciones justas a los asociados.

  • Ser un referente de información sobre el sector de la formación no reglada.

  • Ofrecer una bolsa de empleo para los formadores.

¿Por qué te interesa asociarte a AFOREN?

Porque…

  • Conocerás a otros formadores, tanto de tu provincia o comunidad, como de todo el territorio nacional y de todas las especialidades formativas, con los que podrás compartir tus preocupaciones, tus experiencias y tus proyectos en el entorno físico y virtual de una comunidad de formadores.

  • Serás miembro de un grupo con intereses y necesidades comunes para los que la asociación trabajará, con el fin de que puedas disfrutar de servicios especialmente dirigidos a nuestro colectivo, como asesoramiento fiscal, laboral, financiero, marketing o incluso de ocio.

  • Mejorarás tu nivel profesional, tengas la experiencia que tengas, a través de una oferta formativa de alta calidad dirigida exclusivamente a nosotros, los formadores.

  • Dispondrás de información actualizada sobre la coyuntura de nuestro sector.

  • AFOREN luchará para mejorar el nivel de calidad de la docencia que se está ofreciendo desde las instituciones y centros de formación, públicos y privados.

  • AFOREN te representará para que recibas un trato y salario dignos. Contarás con su apoyo para recibir un salario acorde al nivel de formación que estés impartiendo.

  • Disfrutarás de una bolsa de empleo de formación de calidad, siempre actualizada.

  • Conocerás a las consultoras y/o centros mejor valoradas por los formadores.

¿Cómo asociarte?

AFOREN se financia, en sus comienzos, con las aportaciones de los socios, por lo que necesitaremos tu colaboración económica para que la asociación pueda funcionar y mejorar la calidad del sector de la formación no reglada.

En estos momentos, te solicitamos cumplimentes la encuesta de opinión http://aforen.wordpress.com/2012/04/11/encuesta-aforen-para-estudio-de-mercado-7-2

Si deseas más información, puedes mandarnos un mail a: infoaforen@gmail.com

También nos encontrarás:

Facebook: http://www.facebook.com/asociacionaforen

Twitter: @AsocAforen

jueves, 12 de abril de 2012

Cumplir con la Ley de Protección de datos en tu web, a un par de clicks

Las empresas están obligadas a inscribir siempre sus ficheros de información personal en la Agencia Española de Protección de Datos, dado que todas las empresas tienen que garantizar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales de las personas o empresas que estén inscritas en dichos ficheros tal y como obliga la Ley Orgánica de Protección de Datos.

El problema es que muchas empresas se ven perdidas completamente en este trámite cuando la inscripción de dichos ficheros es realmente sencilla y que se realiza con un par de clicks desde nuestro propio equipo informático, más aún si tenemos la firma electrónica digital de la empresa.

El proceso de inscripción de los ficheros desde el formulario NOTA

El formulario NOTA es un formulario web que se usa para inscribir los ficheros que tiene la empresa en los que recoge la información protegida por la LOPD. Este formulario se descarga en este enlace y es un formulario autorellenable con cualquier programa libre de Adobe que lea PDF.

De entrada, la inscripción de ficheros como tal no llega a realizarse. Es decir, en ningún momento realizamos un envío de nuestros ficheros de datos a la AEPD, simplemente notificamos la existencia de dichos ficheros y los datos que contienen que se comunican mediante una solicitud normalizada del formulario NOTA.

Si hemos descargado el PDF anterior, veremos que tenemos dos opciones para presentarlo:

  • Cumplimentación directa y presentación en papel
  • Cumplimentación del PDF, firma del propio PDF y envío directo a la Agencia Española de Protección de datos.

En todos los casos, el propio PDF está preparado para firmarse digitalmente y para conectar con el servidor de la AEPD una vez que hemos cumplimentado el formulario correctamente.

El documento de ayuda del Formulario NOTA

El propio formulario anterior tiene una extensa ayuda para ayudarnos a la cumplimentación correcta de toda la información. En primer lugar, nos encontramos con el titular de la empresa, si existe una empresa responsable de la salvaguarda de nuestros ficheros y un último bloque en el que describimos la información que almacenamos en nuestros ficheros y que debe estar accesible en todos los casos.

Si leemos la ayuda en línea que nos proporciona la propia AEPD en el enlace anterior, podemos ver que el formulario no tiene ningún campo que no podamos rellenar nosotros directamente.

La falta de inscripción de estos ficheros puede acarrear sanciones de hasta 600.000 euros en las empresas, por un trámite tan sencillo como rellenar un formulario y realizar un envío web. ¿A qué esperas para cumplir con la LOPD correctamente en tu empresa?

http://blog.sage.es/formacion-ayudas-subvenciones/cumplir-con-la-ley-de-proteccion-de-datos-en-tu-web-a-un-par-de-clicks/

jueves, 5 de abril de 2012

Presupuestos Generales del Estado 2012

Buenas....

Me ha llegado el siguiente documento sobre los Presupuestos Generales del Estado, que sintetiza bastante bien los recortes y modificaciones fiscales que el gobierno ha introducido.

Espero que os sirva.

PGE2012

sábado, 31 de marzo de 2012

La reforma del Impuesto de Sociedades eleva la recaudación en 5.350 millones

“En absoluto se trata de la mayor subida de impuestos de la democracia. Ni de broma”, dijo este viernes el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. Quizá tenga razón, no es la mayor subida de tipos impositivos, pero si es el mayor aumento de la recaudación de la historia reciente derivada de medidas fiscales y excluidos los efectos de la actividad económica. Las reforma tributaria que el Gobierno acompaña al proyecto de Presupuestos para 2012 pretenden rascar 12.314 millones para aliviar los menoscabados ingresos públicos que se desploman en caída libre.

El Gobierno añade a la subida del IRPF, que calificó eufemísticamente como “recargo solidario temporal”, aprobada en diciembre, una reforma en la estructura del Impuesto de Sociedades. También abre la vía de una amnistía fiscal por la que pretende aflorar 25.000 millones de euros que escapaban al control de Hacienda, y con los que pretende recaudar 2.500 millones adicionales.

El rapapolvo de Bruselas a España por incumplir el objetivo de déficit el año pasado y el correctivo que propinó al Gobierno reduciendo el objetivo para este año en medio punto ha obligado al Gobierno a acelerar la reforma del Impuesto de Sociedades que tenía prevista para más adelante.

La recaudación del impuesto que grava los beneficios empresariales se ha desplomado un 64% por la crisis, desde los 44.800 millones recaudados en 2007, hasta los 16.600 el año pasado. El complejo sistema de bonificaciones y deducciones sobre el impuesto provocaron un agujero en las arcas públicas. Por eso, Hacienda trata ahora de tapar las vías de agua por donde se escapa la recaudación. El conjunto de medidas sobre este impuesto permitirá al fisco ingresar 5.350 millones más, según Hacienda.

La principal novedad está en el establecimiento de un pago fraccionado mínimo para grandes empresas. Las empresas deberán pagar un 8% del resultado de su cuenta de pérdidas y ganancias. Si el 85% de los ingresos de proceden de rentas exentas o dividendos con derecho a deducción por doble imposición, el tipo se reduce al 4%. La medida es de carácter temporal y estará vigente hasta 2013. La idea es anticipar 2.500 millones por los impuestos que pagan las empresas. Por eso, el próximo pago fraccionado, que deben pagar las compañías antes del 20 de abril, ya aplicará un tipo del 4% sobre la totalidad del beneficio contable.

Otra de las medidas fiscales recoge las reclamaciones de las organizaciones de Inspectores de Hacienda y expertos fiscales. Consiste en limitar la deducción de los gastos financieros, con lo que el Estado pretende recaudar 1.050 millones de euros adicionales. El Gobierno acota la deducción para los gastos financieros que superen el 30% del resultado empresarial (Ebitda). Como mínimo se permitirá una reducción de las bases imponibles de un millón de euros. No obstante, Hacienda prevé que los gastos que no puedan ser deducibles en el ejercicio por superar el máximo del 30% podrán trasladarse sus efectos fiscales a ejercicios siguientes con un máximo de 18 años.

http://economia.elpais.com/economia/2012/03/30/actualidad/1333118116_765753.html

miércoles, 14 de marzo de 2012

LA NUEVA REFORMA LABORAL.

CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES, CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE Y BENEFICIOS FISCALES Y BONIFICACIONES PARA LA EMPRESA.

La nueva Reforma Laboral de 2012 sigue candente en los medios de comunicación. Si en el anterior post de Bitácora Togas&Tributos “La Reforma Laboral: cambios referentes a causas e indemnizaciones de despido, ERE, y modificaciones en la negociación colectiva y condiciones de trabajo” exponíamos la flexividad para la empresa en estos ámbitos, ahora queremos compartir con vosotros una síntesis de las nuevas modalidades de contratación, como es el contrato indefinido de apoyo al emprendedor, el contrato de formación y aprendizaje, la transformación de contratos en prácticas en indefinidos y los beneficios fiscales y bonificaciones a la empresa, sobre todo a aquellas de menos de 50 trabajadores.
Según la RDL 3/2012de 10 Feb. (Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral) “las empresas de cincuenta o menos trabajadores constituyen, según datos del Directorio Central de Empresas del Instituto Nacional de Estadística, el 99,23% de las empresas españolas”. Y para este tejido productivo empresarial se crea una nueva modalidad de contrato de trabajo por tiempo indefinido, con beneficios fiscales y bonificaciones para la empresa en la contratación de jóvenes menores de 30 años y desempleados.
I. EL CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES (ART. 4)
El contrato se celebrará por tiempo indefinido y a jornada completa, y se formalizará por escrito en el modelo que se establezca, con la única excepción de la duración del período de prueba a que se refiere el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, que será de un año en todo caso.
A) BENEFICIOS FISCALES
a. Primer contrato de trabajo concertado por la empresa que se realice con un menor de 30 años, la empresa tendrá derecho a una deducción fiscal de tres mil euros.
b. Adicionalmente, en caso de contratar desempleados beneficiarios de una prestación contributiva por desempleo, la empresa tendrá derecho a una deducción fiscal con un importe equivalente al 50% de prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación, con el límite de doce mensualidades, y de acuerdo con las siguientes reglas:
i. El trabajador contratado deberá haber percibido la prestación durante, al menos, tres meses en el momento de la contratación., el importe de deducción no se modificará en fechas posteriores.
ii. El trabajador contratado podrá voluntariamente compatibilizar cada mes, junto con el salario, el 25 %de la cuantía de la prestación que tuviera reconocida y pendiente de percibir en el momento de su contratación. Si no, se le se mantendrá el derecho del trabajador a las prestaciones por desempleo que le restasen.

B) BONIFICACIONES
Con independencia de los incentivos fiscales anteriormente citados, las contrataciones de desempleados inscritos en la Oficina de empleo darán derecho a las bonificaciones a la cuota a la Seguridad Social que oscilan entre los 1000-1500 euros anuales, siempre que se refieran a alguno de estos colectivos:
a. Jóvenes entre 16 y 30 años, ambos inclusive
b. Mayores de 45 años, que hayan estado inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación
Cuando estos contratos se concierten con mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos representado estas bonificaciones tendrán un incremento.
Estas bonificaciones serán compatibles con otras ayudas públicas previstas con la misma finalidad, sin que en ningún caso la suma de las bonificaciones aplicables pueda superar el 100 por 100 de la cuota empresarial a la Seguridad Social. El empresario deberá mantener en el empleo al trabajador contratado al menos tres años desde la fecha de inicio de la relación laboral, procediendo en caso de incumplimiento de esta obligación a su reintegro. No se considerará incumplida la obligación de mantenimiento del empleo cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado o reconocido como procedente.

II. EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (ART.3)
a. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis y menores de veinticinco años que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas.
b. La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres (salvo especificaciones en convenio colectivo)
c. Expirada la duración del contrato para la formación y el aprendizaje, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa para la misma actividad laboral, sí en una distinta.

A) BONIFICACIONES
Las empresas que celebren contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores desempleados inscritos en la Oficina de Empleo tendrán derecho a una reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100 por cien si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75 por ciento, en el supuesto de que la empresa contratante tenga una plantilla igual o superior a esa cifra. Asimismo se reducirá el 100 por cien de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social.

III. BONIFICACIONES DE CUOTAS POR TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS EN PRÁCTICAS, DE RELEVO Y DE SUSTITUCIÓN EN INDEFINIDOS (ART.7)
Las empresas que transformen en indefinidos contratos en prácticas, de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tendrán derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 41,67 euros/mes (500 euros/año), durante tres años. En el caso de mujeres, dichas bonificaciones serán de 58,33 euros/mes (700 euros/año).

http://www.linkedin.com/news

sábado, 10 de marzo de 2012

Directiva sobre exención a las Micropymes de las obligaciones contables y financieras.

En Nota de Prensa publicada el pasado día 21 por el Consejo de la Unión Europea, se aprobó la Directiva que exime a las pymes de trámites burocráticos, concretamente eximir a las las micropymes de las obligaciones contables y financieras.


Va a reducir la carga administrativa para aquellas compañías que no excedan los límites de dos de los siguientes criterios:
- Balance de Situación: 350.000 euros
- Cifra de negocios: 700.000 euros
- Media de empleados: 10


La Directiva permitirá a los Estados miembros eximir a las microentidades de la publicación de cuentas anuales. Esta exención opcional será compatible con obligaciones nacionales para mantener anotaciones que muestren las operaciones de las compañías y la situación financiera.

martes, 28 de febrero de 2012

El Autonomo Dependiente

Esta figura es, posiblemente, la novedad más destacada de la Ley. Se trata de una figura específica entre los trabajadores autónomos, que cuenta con un régimen jurídico propio y diferenciado, y que se sitúa en la frontera entre el trabajo autónomo y el dependiente, si bien, la Ley realiza una definición exhaustiva de la figura, y se cuida de recalcar que se trata en todo caso de un trabajador autónomo y por lo tanto no le resulta de aplicación la legislación laboral, sin perjuicio de que se declare la competencia del orden jurisdiccional social para conocer de las cuestiones litigiosas relativas a tales trabajadores.

Concepto

Son aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75 por ciento de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales.

Se entenderán como ingresos percibidos por el trabajador autónomo del cliente con quien tiene dicha relación, los rendimientos íntegros, de naturaleza dineraria o en especie. Los rendimientos íntegros percibidos en especie se valorarán por su valor normal de mercado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas.

Para el cálculo del 75 por ciento, estos ingresos se pondrán en relación con los ingresos totales percibidos por el trabajador autónomo por rendimientos de actividades económicas o profesionales como consecuencia del trabajo por cuenta propia realizado para todos los clientes, incluido el que se toma como referencia para determinar la condición de trabajador autónomo económicamente dependiente, así como los rendimientos que pudiera tener como trabajador por cuenta ajena en virtud de contrato de trabajo, bien sea con otros clientes o empresarios o con el propio cliente. En este cálculo se excluyen los ingresos procedentes de los rendimientos de capital o plusvalías que perciba el trabajador autónomo derivados de la gestión de su propio patrimonio personal, así como los ingresos procedentes de la transmisión de elementos afectos a actividades económicas.

Para poder celebrar el contrato que se regula en este capítulo, el trabajador que se considere trabajador autónomo económicamente dependiente, comunicará al cliente dicha condición.

El cliente podrá requerir al trabajador autónomo económicamente dependiente la acreditación del cumplimiento de las condiciones anteriores, en la fecha de la celebración del contrato o en cualquier otro momento de la relación contractual siempre que desde la última acreditación hayan transcurrido al menos seis meses. A efectos de determinar la referida acreditación se podrá tomar en consideración, entre otros medios de prueba, la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en su defecto, el certificado de rendimientos emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos).

Además, deberá reunir simultáneamente las siguientes condiciones:

  1. No tener a su cargo trabajadores por cuenta ajena ni contratar o subcontratar parte o toda la actividad con terceros.
  2. No ejecutar su actividad de manera indiferenciada con los trabajadores que presten servicios bajo cualquier modalidad de contratación laboral por cuenta del cliente.
  3. Disponer de infraestructura productiva y material propios.
  4. Desarrollar su actividad bajo criterios organizativos propios, sin perjuicio de las indicaciones técnicas de carácter general que pueda recibir de su cliente.
  5. Percibir una contraprestación económica en función del resultado de su actividad, de acuerdo con lo pactado con el cliente.

Los titulares de establecimientos o locales comerciales e industriales y de oficinas y despachos abiertos al público y los profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros en régimen societario o bajo cualquier otra forma jurídica admitida en derecho no tendrán en ningún caso la consideración de trabajadores autónomos económicamente dependientes.

http://www.crear-empresas.com/dudas/estatuto_dependiente.htm

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